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AJD Hipotecas. Archivos de la categoría ‘AJD Hipotecas’

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Los jóvenes españoles necesitan el 51,9% de sus ingresos para hacer frente a la hipoteca

Según el último boletín del Observatorio Joven de Vivienda del Consejo de la Juventud Española, referente al cuarto trimestre de 2010, los jóvenes españoles necesitan el 51,9% de su saldo neto para poder hacer frente al pago de una hipoteca media, y, por tanto, plantearse la adquisición de una vivienda.

En cuanto al desglose por provincias, Vizcaya aparece como la provincia que exige un mayor esfuerzo de los jóvenes para adquirir una vivienda, con el 68% de su sueldo neto, seguida de cerca por Barcelona, con un 67,1%, Guipúzcoa, con un 66,3%, Baleares con un 63,1%, Madrid, con un 61,5%, Cantabria con un 57,4% y Málaga con un 55,4%.

Por otro lado, las provincias por debajo de la media nacional fueron Teruel, con un 29,5%, Cuenca y Ciudad Real, con un 32,1%, Cáceres, con un 32,2%, Badajoz, con un 33,1%, Lugo, con un 34,8% y Lleida con un 36.6%.

En cualquier caso, todas las provincias españolas, salvo Teruel, arrojaron unos datos por encima del mínimo recomendado por las entidades financieras, que se encuentra en el 30% del salario neto, lo que pone bien a las claras las dificultades de los jóvenes españoles para plantearse la adquisición de una vivienda.

De hecho, una de las principales reivindicaciones de todos los movimientos que están tomando las calles estas últimas semanas es la del cumplimiento del derecho constitucional que todo ciudadano tiene a una vivienda digna, algo que, como se ve, no se está cumpliendo en la mayoría de los casos.

Crece la deuda hipotecaria española

Según los datos que ha publicado el Banco de España esta misma semana, la deuda hipotecaria de las familias españolas creció en este pasado mes de abril en un 0,2% con respecto al mismo dato de un año antes, es decir, que en abril de 2010.

Este incremento de la deuda hipotecaria española, sitúa el volumen total de deuda referenciada a concepto hipotecario en 676.811 millones de euros, lo que supera el 75% del total del endeudamiento de las familias españolas.

Un porcentaje demasiado elevado y que coloca en situación de riesgo a la economía familiar, especialmente, en un escenario de incrementos del Euríbor como en el que nos encontramos, lo que ha hecho que los analistas del Banco de España hayan dado la voz de alarma.

Según estos analistas, la deuda hipotecaria debería reducirse a valores cercanos al 50% del endeudamiento global, para conseguir dotar de sostenibilidad a la economía y garantizar así la recuperación económica, todavía en ciernes.

Y es que un endeudamiento hipotecario tan elevado hace que la sombra del embargo hipotecario está demasiado cercana, con posibilidades reales de caer en él, ocasionando dramas sociales y económicos que contrarrestan los buenos datos macroeconómicos que van apareciendo a cuenta gotas, como, por ejemplo, los datos de desempleo de mayo.

Por otro lado, llama la atención que a pesar de que se ha reducido el número de hipotecas globales, en parte porque no se constituyen nuevas, y en parte porque se han producido numerosos embargos, el porcentaje de deuda hipotecaria sea tan elevado, lo cuál tiene que ver con la reducción de los créditos al consumo, la otra gran partida del endeudamiento, pero que ahora está por debajo del 25% en términos relativos.

AJD La Rioja

En La Rioja, también se aplica el IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS.

El tipo de gravamen aplicable por transmisiones a las adquisiciones de bienes inmuebles que vayan a constituir vivienda habitual de una familia numerosa será reducido al 3%.

Tipo general en la Comunidad Autónoma de La Rioja: 7%

En la transmisión de viviendas de protección oficial de régimen especial, así como en la constitución y cesión de derechos reales sobre las mismas, se aplicará un tipo reducido al 5%.

Tipo general en la Comunidad Autónoma de La Rioja: 7%

El tipo de gravamen aplicable por actos jurídicos documentados para la adquisición de vivienda habitual para familias numerosas y sujetos pasivos cuyos ingresos no superan en 3,5% veces el salario mínimo interprofesional será reducido al 0,5%.

Además, en el caso de que el valor de la vivienda no exceda de los 150.253 euros se les aplicará un 0,4% a estos colectivos.

Tipo general en la Comunidad Autónoma de La Rioja: 1%

Medidas dirigidas a los discapacitados:

El tipo de gravamen aplicable por Transmisiones a las adquisiciones de viviendas que vayan a constituir la vivienda habitual de personas que tengan la consideración legal de discapacitados con un grado igual o superior al 33% será reducido al 5%

Tipo general en la Comunidad Autónoma de La Rioja: 7%

El tipo de gravamen aplicable por actos jurídicos documentados para la adquisición de vivienda habitual para discapacitados será reducido al 0,5%.

Además, en el caso de que el valor de la vivienda no exceda de los 150.253 euros se les aplicará un 0,4% a estos colectivos.

Tipo general en la Comunidad Autónoma de La Rioja: 1%

Medidas dirigidas a los jóvenes:

El tipo de gravamen aplicable por Transmisiones a las adquisiciones de viviendas que vayan a constituir la vivienda habitual de jóvenes menores de 36 años en la fecha de adquisición será REDUCIDO al 5%.

Tipo general en la Comunidad Autónoma de La Rioja: 7%

El tipo de gravamen aplicable por actos jurídicos documentados para la adquisición de vivienda habitual para jóvenes de hasta 36 años será reducido al 0,5%.

Además, en el caso de que el valor de la vivienda no exceda de los 150.253 euros se les aplicará el 0,4%.

Tipo general en la Comunidad Autónoma de La Rioja: 1%

Jóvenes empresarios:

El Gobierno de La Rioja ha establecido tipos reducidos en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, tanto en la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas como en la de actos jurídicos documentados, que se acompañan de una deducción adicional cuando la adquisición se efectúe dentro de los primeros tres meses desde la constitución de la sociedad.

De este modo, las adquisiciones de inmuebles de segunda transmisión por parte de una sociedad mercantil, constituida por jóvenes menores de 36 años destinado a ser el domicilio social o centro de trabajo, tributarán al tipo reducido del 4% (el tipo general es del 7%).

Si el inmueble es nuevo y, por tanto, sujeto a IVA y Actos Jurídicos Documentados se le aplicará los tipos del 0,5%, frente al 1% general, si el valor real del inmueble es igual o superior a 150.253 euros y del 0,4% si su valor real es inferior a dicha cuantía.

Asimismo, cuando la adquisición se formalice dentro de los tres meses posteriores a la constitución de la sociedad, la sociedad se podrá deducir íntegramente la cuota pagada por dicha constitución, correspondiente a la modalidad de operaciones societarias de este impuesto.

AJD Galicia

El impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, viene regulado en el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, y en el Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

El Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados grava los siguientes tipos de documentos en cuanto que reúnen ciertas características citadas en la norma: 

  • documentos notariales
  • documentos mercantiles
  • documentos administrativos

El tipo del impuesto es con carácter general del 1%, con dos excepciones:

  • Para las primeras copias de escrituras que documenten la primera adquisición de vivienda habitual o la constitución de préstamos hipotecarios destinados a su financiación, que será del 0,75%.
  • Para las primeras copias de escrituras que documenten transmisiones de bienes inmuebles en que se renunciara a la exención del impuesto sobre el valor añadido, tal y como se contempla en el artículo 20.Dos de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del impuesto sobre el valor añadido, el tipo de gravamen será del 2%.
  • Para los documentos notariales que formalicen la constitución y cancelación de derechos reales de garantía, cuando el sujeto pasivo sea una sociedad de garantía reciproca con domicilio social en territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia, el tipo de gravamen será del 0,1%
  • Para las primeras copias de escritura que documenten una adquisición de vivienda habitual, en los términos previstos en la Ley 4/2009, de 20 de octubre, de medidas tributarias relativas al impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados para el fomento del acceso a la vivienda y la sucesión empresarial, el tipo de gravamen será del 0,3%.

El plazo para la presentación es de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que se cause el acto o contrato.

Más información, aquí.

AJD Murcia

Murcia también aplica impuestos cuando compramos una vivienda. En este caso, les dejamos los porcentuales y la documentación a presentar.

Modalidad de “Transmisiones Patrimoniales Onerosas” (ITP)

  • Tipo de gravamen general para las operaciones inmobiliarias 7%
  • Tipo de gravamen reducido para la adquisición de viviendas habituales de protección oficial 4%

Modalidad de “Actos Jurídicos Documentados” (AJD)

  • Tipo general 0,5%

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados se materializa bajo el Modelo simplificado 601D.

Este tiene por objeto, la cumplimentación, pago y presentación, de forma telemática o presencial del modelo simplificado 601D de ITPAJD, para transmisiones de bienes urbanos, con o sin hipoteca, y los destinatarios serán las Personas físicas o jurídicas

Requisitos:

- Declaración referida a segundas o ulteriores transmisiones de fincas, con las siguientes características:

  • De naturaleza urbana (vivienda, local comercial, local de oficinas, o nave industrial)
  • Ubicadas en la Región de Murcia
  • Con referencia catastral

- Escritura pública. Todos los bienes deberán estar documentados en una única escritura pública.

- NIF/CIF válido de todos los intervinientes.

La declaración podrá incluir la constitución o subrogación de préstamo con garantía hipotecaria de las fincas anteriores.

El plazo de presentación es de 30 días hábiles a contar desde el otorgamiento de la escritura pública.

Documentación:

  • Declaración, modelo 601-D
  • Autoliquidación, modelo 600-I
  • Escritura pública que documente la operación sujeta al impuesto; copia auténtica y copia simple.

Podrá tramitar online desde aquí.

AJD Extremadura

Extremadura es otra de las CCAA que ha decidido la subida del IRPF. Sin embargo, por el momento no tocará los porcentuales destinados al pago de ciertos tributos cuando compramos una vivienda. Entre ellos destacamos:

Modalidad de “Transmisiones Patrimoniales Onerosas” (ITP)

  • Tipo de gravamen general para las operaciones inmobiliarias 7%
  • Tipo de gravamen reducido para viviendas de protección oficial 4%

Modalidad de “Actos Jurídicos Documentados” (AJD)

  • Tipo de gravamen general para los documentos notariales 1%
  • Tipo impositivo para las actas de finalización de obra 0,5%

Modelo 610

Este formulario se utiliza para efectuar el pago en metálico, en sustitución del empleo de efectos timbrados, de la modalidad de Actos Jurídicos Documentados del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados que grava los recibos, pagarés, cheques y otros documentos mercantiles, siempre que dcho pago sea realizado por mediación de alguna de las entidades autorizadas para colaborar en la recaudación de los tributos, y que, a su vez, sean responsables solidarias del pago del tributo por aplicación de lo dispuesto en el artículo 35 del Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos
Documentados.

Están sujetos a este tributo los documentos que hayan sido emitidos en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los emitidos en el extranjero cuando el primer tenedor tenga su residencia habitual o domicilio fiscal en esta Comunidad.

En cuanto a los plazos, las entidades pueden presentar la declaración y efectuar el ingreso hasta el día 20 del mes siguiente al de la liquidación.

La declaración-liquidación se presentará en la Oficina Gestora de Mérida de la Dirección General de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sita en el Paseo de Roma s/n, Edificio B, planta baja, donde se le facilitará la carta de pago para efectuar el ingreso en Caja Extremadura, al ser ésta la entidad que presta el serviciode Caja en los ingresos por autoliquidación.

Descargar Modelo 610, aquí

AJD Hipotecas

Muchas veces cuando compramos una vivienda no tomamos en cuenta un punto muy importante, los impuestos, y en especial lo que refiere a AJD en hipotecas. Cuando se trata de la adquisición de una vivienda debemos contemplar los siguientes tributos:

Para viviendas de nueva construcción:

Para viviendas de segunda mano:

  • ITP (impuesto sobre transmisiones patrimoniales), otro tributo que se aplica sobre la cantidad que consta en la escritura de compraventa.
  • AJD (impuesto sobre actos jurídicos documentados) La compraventa sujeta a ITP está exenta de este impuesto.

El impuesto sobre los actos jurídicos documentados es un tributo cedido a las comunidades autónomas, y lo debe pagar aquella persona que realice una escritura públia de hipoteca (en Viviendas de Protección Oficial VPO, están exentas).

En cuanto al porcentaje que se debe abonar, se ha fijado en el 1% sobre el valor de compraventa que se escriture aunque en algunas comunidaes del porcentaje varía.

Recuerde que según la Ley 2/1994, de 30 de marzo, sobre Subrogación y Modificación de Préstamos Hipotecarios, estará exenta la escritura que documente la operación de subrogación en la modalidad gradual de Actos Jurídicos Documentados sobre documentos notariales.

AJD Valencia

Modalidad de “Transmisiones Patrimoniales Onerosas” (ITP)

  • Tipo de gravamen general para las operaciones inmobiliarias 7%
  • Tipo de gravamen reducido para la adquisición de viviendas habituales de protección oficial 4%
  • Tipo de gravamen reducido para la adquisición de viviendas habituales por familias numerosas 4%
  • Tipo de gravamen reducido para la adquisición de viviendas habituales por discapacitados 4%

Modalidad de “Actos Jurídicos Documentados” (AJD)

  • Tipo de gravamen general para documentos notariales 1%
  • Tipo de gravamen reducido para la adquisición de vivienda habitual 0,1%
  • Tipo de gravamen reducido para la constitución de préstamos hipotecarios para la adquisición de vivienda habitual por una familia numerosa 0,1%

El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (Transmisiones Patrimoniales Onerosas de Bienes Inmuebles) grava las transmisiones patrimoniales onerosas de bienes inmuebles.

En las transmisiones de bienes y derechos está obligado al pago del impuesto, como sujeto pasivo, el que los adquiere.

El plazo para la presentación de las declaraciones – liquidaciones, junto con el documento o la declaración escrita sustitutiva del documento, será de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente a aquel en que se cause el acto o contrato.

Para ello deber presentar impreso de autoliquidación del modelo 600. Si se trata de un documento sujeto y no exento de pago deberá ingresarse previamente en cualquier entidad colaboradora.

La tasa 2010 que ha de pagarse por el modelo 600 asciende a 0,19 euros.

Si usted obtiene el modelo a través del Sistema Sar@, Tributos en Internet, no deberá abonar ningún importe.

La base imponible del impuesto está constituida por el valor real del bien inmueble, del que se deducirán exclusivamente las cargas y gravámenes que reduzcan efectivamente su valor.

El tipo de gravamen al que tributan las transmisiones patrimoniales onerosas es del 7% como regla general.
No obstante, el artículo 13 de la ley 13/1997 de la Generalitat Valenciana establece supuestos de gravamen reducido del 4% para:

  • las transmisiones de viviendas de protección oficial de régimen especial, así como la constitución o cesión de derechos reales que recaigan sobre las referidas viviendas, salvo los derechos reales de garantía, siempre que las mismas constituyan o vayan a constituir la vivienda habitual del adquirente o cesionario.
  • las adquisiciones de viviendas que vayan a constituir la vivienda habitual de una familia numerosa siempre que se cumplan los requisitos que prevé el apartado 3 del artículo 13 de la citada ley 13/1997.
  • las adquisiciones de vivienda que vayan a constituir la vivienda habitual de un discapacitado físico o sensorial, con un grado de minusvalía igual o superior al 65 %, o psíquico, con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %.

AJD Cantabria

Cantabria es otra de las comunidades autónomas que ha fijado las alícuotas para el pago de impuestos cuando compramos una vivienda y firmamos una hipoteca.

Entre ellos podemos destacar:

Modalidad de “Transmisiones Patrimoniales Onerosas” (ITP)

  • Tipo de gravamen general para las operaciones inmobiliarias 7%
  • Tipo de gravamen reducido para adquisiciones de viviendas habituales por: familias
    numerosas, minusválidos, menores de 30 años o cuando se trate de viviendas de protección
    pública 5%

Modalidad de “Actos Jurídicos Documentados” (AJD)

  • Tipo de gravamen general aplicable a documentos notariales 1%
  • Tipo de gravamen reducido para escrituras que documenten la adquisición de viviendas
    habituales por: familias numerosas, minusválidos, menores de 30 años o cuando se trate
    de viviendas de protección pública 0,3%

Más información, aquí.

AJD Islas Baleares

Cuando compramos una vivienda en las Islas Baleares y firmamos una hipoteca, debemos pagar algunos impuestos. Entre ellos queremos destacar:

Modalidad de “Transmisiones Patrimoniales Onerosas” (ITP) ISLAS BALEARES

  • Tipo de gravamen general para las operaciones inmobiliarias 7%
  • Tipo de gravamen reducido para viviendas de protección oficial 3%
  • Tipo de gravamen reducido para inmuebles situados en el Parque Balear de Innovación Tecnológica 0,5%

Modalidad de “Actos Jurídicos Documentados” (AJD)

  • Tipo de gravamen reducido para escrituras que formalicen la constitución y cancelación
    de derechos reales de garantía a favor de sociedades de garantía recíproca 0,1%

El plazo de pago del impuesto será de un mes a contar desde el día en que se realiza el acto o contrato gravado. El plazo será de un mes y diez días naturales si la presentación y liquidación de las declaraciones liquidaciones se efectúa por vía telemática.

Lugar de presentación: en los Servicios Centrales, en las Delegaciones insulares y en las oficinas de la recaudación de zona Mallorca de la Agencia Tributaria de las Illes Balears.

Formas y lugares de pago: por vía telemática a través de este Portal y en las entidades financieras colaboradoras autorizadas como Banca March; “Sa Nostra”, Caixa de Balears; Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona, “la Caixa”; BBVA, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria; Banco de Crédito Balear; “Colonya”, Caixa de Pollença; Caixa Rural de Balears).

En caso de pago en entidad colaboradora, ésta se quedará con una hoja del modelo 600.

Con efectos desde 1 de enero de 2001 las primeras copias de escrituras notariales que documenten la cancelación de hipotecas quedan exentas.

Aunque la cancelación de hipotecas esté exenta, se deberá presentar el modelo 600 debidamente cumplimentado así como la primera copia de la escritura y una copia simple en la oficina de la Agencia Tributaria de las Illes Balears.

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