El desahucio no real

Tras las primeras sesiones de trabajo de la subcomisión parlamentaria sobre la posible modificación de la legislación hipotecaria española, la idea más relevante ha sido la aparición del concepto de ‘desahucio no real’ como una forma de conciliar los intereses de las entidades financieras y las familias que se quedan sin vivienda.

Sería una forma de que la familia se mantuviera viviendo en su inmueble a cambio de una renta, inferior a la cuota hipotecaria, que posteriormente podría ser descontada del pago de la hipoteca, una vez que la situación económica mejorara.

Se trataría de una especie de carencia encubierta, aunque con efectos directos sobre el capital y no sólo sobre los intereses. Una manera de que las entidades financieras siguieran cobrando mes a mes y que las familias pudieran seguir viviendo en sus residencias.

De esta manera se evitaría el desahucio propiamente dicho, ya que no se echaría a las familias de sus casas, con lo que se mantendría un derecho de uso, utilizando la figura jurídica de la antítesis, y garantizando la viabilidad de los proyectos familiares.

Evidentemente, se trata de una idea que debe de ser debatida largamente y ser sometida a una reflexión profunda antes de que se pueda llegar a una conclusión exacta, pero es un punto de partida más que interesante para comenzar una nueva legislación hipotecaria más adaptada a los nuevos tiempos.

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