Préstamo Hipotecario Variable de Bankoa

El Préstamo Hipotecario Variable de Bankoa, te ofrece excelentes oportunidades de contratación para que puedas tener la casa de tus sueños.

Hipotecario Variable

El Préstamo Hipotecario se adapta a sus necesidades para que pueda acceder a su vivienda con más facilidad. Se trata de una hipoteca de hasta un 80% del valor de tasación o del importe de compra de la vivienda, y con la vinculación máxima de la nómina, seguro de hogar, seguro de vida, aportación al plan de previsión y compras con tarjetas de crédito.

Podrá adaptar su cuota mensual en función de los plazos, siendo el máximo de 35 años

Fiscalidad del préstamo Variable:

COMUNIDAD AUTÓNOMA VASCA. GIPUZKOA

Se puede aplicar una deducción del 15% de las cantidades invertidas en adquisición o rehabilitación de vivienda habitual, incluidos gastos originados por ello. También será del 15% la deducción por los intereses de los préstamos para la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual.

La deducción máxima anual será de 1.500 €.

La suma de los importes deducidos por cada contribuyente a lo largo de los sucesivos periodos impositivos no podrá superar los 30.000 €, minorada, en su caso, con el 15% de la ganancia patrimonial exenta por reinversión en vivienda habitual.

Para los casos de contribuyentes inferiores a 35 años o titulares de familias numerosas, el porcentaje de deducción será del 20% y la deducción máxima anual será de 2.000 €, salvo para aportaciones a Cuentas Vivienda.

Cuenta Vivienda. Plazo para la adquisición de la vivienda: 6 años desde la apertura de la Cuenta. Cuando este plazo finalice entre el 01.01.2012 y el 31.12.2012, el plazo se ampliará hasta los 7 años desde la fecha de apertura de la cuenta.

ALAVA Y BIZKAIA

Se puede aplicar una deducción del 15% de las cantidades invertidas en adquisición o rehabilitación de vivienda habitual, incluidos gastos originados por ello. También será del 15% la deducción por los intereses de los préstamos para la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual.

La deducción máxima anual será de 1.800 €.

La suma de los importes deducidos por cada contribuyente a lo largo de los sucesivos periodos impositivos no podrá superar los 36.000 €, minorada, en su caso, con el 18% de la ganancia patrimonial exenta por reinversión en vivienda habitual.

Para los casos de contribuyentes inferiores a 35 años o titulares de familias numerosas, el porcentaje de deducción será del 23% y la deducción máxima anual será de 2.300 €, salvo para aportaciones a Cuentas Vivienda.

Cuenta Vivienda. Plazo para la adquisición de la vivienda: 6 años desde la apertura de la Cuenta. Cuando este plazo finalice entre el 01.01.2012 y el 31.12.2012, el plazo se ampliará hasta los 7 años desde la fecha de apertura de la cuenta.

TERRITORIO COMÚN

Deducción del 15% de las cantidades invetidas en el año.

La base máxima de deducción será de 9.040 € anuales salvo en el caso de vivienda habitual de una persona con discapacidad, donde la base máxima será de 12.020 €.

La base de deducción deberá ser minorada con el importe de la ganancia patrimonial exenta por reinversión en vivienda habitual

Cuenta Vivienda. Plazo para la adquisición de la vivienda: 4 años desde la apertura de la Cuenta.

NAVARRA

Deducción del 15% de las cantidades invertidas en el año (18% en unidades familiares con 2 o más hijos y 30% en familias numerosas)

La base máxima de deducción será de 9.015 € anuales en tributación individual y 21.035 € anuales en tributación conjunta.

La suma de las bases para el conjunto de los periodos impositivos no podrá exceder de 120.000 € en tributación individual, y 240.000 € en tributación conjunta.

Cuenta Vivienda. Plazo para la adquisición de la vivienda: 10 años desde la finalización del periodo impositivo en que fue abierta la Cuenta.

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