Proceso de Compra de la Vivienda en Caja Rural de Granada

Una vez hechas las comprobaciones oportunas, usted está en condiciones de dar una señal como garantía de su compromiso y de que va a comprar la Vivienda. Caja Rural de Granada le ofrece los siguientes pasos para concretar la compra:

Señal o arras:Es una cantidad de dinero que no llega al precio total y que usted entrega al vendedor como garantía de que comprará la vivienda en un plazo determinado.

Se trata de un compromiso, aunque no definitivo, ya que tanto el comprador como el vendedor pueden echarse atrás en un momento dado. En el caso de que sea el vendedor el que desista de la operación, éste deberá devolver el doble de la señal. Si el que decide paralizar la operación es el comprador, lo normal es que éste pierda la señal anticipada. Si el comprador decide continuar con la compra, las arras se consideran como un adelanto o pago a cuenta del precio total.

• La opción de compra

El mecanismo es similar al de la señal. Conviene pactar de antemano si el dinero entregado por el comprador en concepto de opción de compra se incorporará o no al precio final en caso de que la operación de compra-venta se lleve a cabo.
Si después del plazo fijado usted no compra la vivienda, el vendedor puede retener la cantidad entregada si lo acordaron previamente de este modo. El derecho u opción de compra sobre la vivienda es una ventaja para el comprador (permite disponer de un margen de tiempo para decidirse o buscar otra mejor, para conseguir el dinero que necesita, para vender bienes personales que le ayuden a financiarla, etc.)

La aceptación de las condiciones de compraventa se realiza a través de lo contratos de adhesión y las cláusulas generales, que redacta previamente una de las partes.

Contrato

Es un trámite usual en la compraventa de vivienda, tanto en el caso de viviendas de segunda mano como de viviendas nuevas. Normalmente, en el caso de estas últimas, la empresa inmobiliaria o urbanizadora presenta a sus clientes un modelo de contrato estandarizado, homogéneo y redactado por sus asesores jurídicos.

Antes de estampar su firma en el contrato lea con detenimiento todas las cláusulas y, en especial, las que especifican quién se hará cargo de cualquier gasto o impuesto que acarree la operación. Si tiene dudas, solicite el asesoramiento de un abogado o profesional experto en transacciones inmobiliarias.

Tenga en cuenta que la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios protege sus derechos y establece, con carácter general, qué requisitos deben cumplir las cláusulas y condiciones generales en este tipo de contratos.

Firma de la Escritura Pública

Es el momento culminante de la compra de una vivienda. Después de firmar la Escritura Pública, el comprador ya es propietario y así consta legalmente para cualquier persona, al quedar inscrita la compra en el Registro de la Propiedad.

La decisión de financiación.
Una vez tomada la decisión sobre el inmueble que deseamos adquirir, que hemos tomado las debidas cautelas para tener total seguridad jurídica en la inversión que vamos a efectuar y que conocemos la cifra de referencia del coste de la vivienda comienza una nueva etapa en el proceso de la compra: la obtención de la financiación necesaria en el caso de que se
precise.

El préstamo hipotecario.
Es el que le concede Caja Rural y el que le permite hacer suya la vivienda deseada. Su principal característica es que además de la garantía personal, el inmueble queda afectado como garantía para el pago del préstamo. Pero, precisamente este hecho es lo
que hace posible que los préstamos hipotecarios tengan tipos de interés más baratos que otras modalidades de préstamos con menor garantía.

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