AJD Cataluña

Cataluña es otra de las comunidades autónomas donde se aplica el AJD, un impuesto sobre actos jurídicos documentados. Sin embargo, no es el único tributo que se paga, entre los impuestos que gravan la compra de una vivienda, encontramos:

Para viviendas de nueva construcción:

  • IVA (impuesto sobre el valor añadido): El tipo a pagar es del 7% del valor que consta en la escritura de
    compraventa.
  • AJD (impuesto sobre actos jurídicos documentados) Impuesto que debe pagarse siempre que la operación se formalice mediante un documento notarial.

Para viviendas de segunda mano:

  • ITP (impuesto sobre transmisiones patrimoniales). Este impuesto se aplica sobre la cantidad que consta en la escritura de compraventa.
  • AJD (impuesto sobre actos jurídicos documentados) La compraventa sujeta a ITP está exenta de este impuesto.

El impuesto sobre transmisiones patrimoniales y el de actos jurídicos documentados son impuestos cedidos a las comunidades autónomas.

CATALUÑA

Continúa vigente el tipo del 5% para contribuyentes con discapacidad y para familias numerosas que cumplan determinadas condiciones. Como novedad se presenta:

TIPO DE GRAVAMEN EN LA ADQUISICIÓN DE LA VIVIENDA HABITUAL PARA JÓVENES.

Queda establecido en el 5%, siempre que el contribuyente cumpla el conjunto de las condiciones
siguientes:

  • Constituya su vivienda habitual.
  • En la fecha de devengo tenga £32 años.
  • La Base Imponible de su última declaración del IRPF £30.000.

La modalidad de “Actos Jurídicos Documentados” (AJD) Continúa vigente el tipo fijo del 0,1% para la adquisición de viviendas protegidas y el 1,5% en el caso de renuncia a la exención del IVA.

Para el resto de operaciones se establece el siguiente baremo:

Porción de la Base Imponible (euros):

  • Hasta 30.000 (antes hasta 60.000) 0,50%
  • De 30.001 hasta 60.000 (antes 60.001-100.000) 0,75%
  • Más de 60.000 (antes 100.001) 1%

Ver información en catalán en la Agencia Tributaria de Catalunya.

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2 responses to “AJD Cataluña

  1. En el caso de que sea una pareja en la que ambos cobran menos de 30000 y quieran adquirir una nueva vivienda de obra nueva para ser vivienda habitual y uno de ellos tiene 32 y el otro 33, se debería aplicar el 0,5% o el 1,2% en el ámbito de actos jurídicos documentales?

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