Ibercaja ofrece una hipoteca destinada a la financiación de los inmuebles ofrecidos a través del su Portal Inmobiliario, la misma se denomina Hipoteca Bonificada Superplus Oportunidad, un préstamo destinado a la financiación de una vivienda con la posibilidad de conseguir bonificaciones en función de la vinculación del cliente con la entidad.
La de Ibercaja es otra de las propuestas que encontraremos en el mercado, que ofrece condiciones preferentes a clientes que compren uno de los pisos de la entidad. De esta forma, la Hipoteca Bonificada Superplus Oportunidad, se suma a la oferta de hipotecas de bancos.
El importe máximo de financiación llega hasta el 100% del precio de venta, con la posibilidad de amortizarlo en un plazo de hasta 40 años, en los casos en los que la edad de uno de los prestatarios no supere los 35 años.
Además contará con un periodo inicial de carencia de hasta 3 años.
En cuanto al tipo de interés, será variable con un diferencial reducido los primeros años, de forma de pagar menos al principio, según mostramos a continuación:
- Periodo inicial (36 meses);Euribor + 0% (revisión semestral)
- Resto del préstamo: EURIBOR (revisión semestral) + 1,30%
- Bonificación máxima 0,60%
Esta oferta aplica una comisión de apertura variable que oscilará entre el 0% y el 0,50%, dependiendo del análisis efectuado por la entidad.
Asimismo para alcanzar los tipos de interés mencionados, será necesario el cumpliendo uno o varios de los siguientes requerimientos.
- Domiciliando la nómina y al menos 3 recibos de servicios básicos (agua, luz, gas, teléfono)
- Compras con tarjetas
- Contratando seguros de Hogar, Vida, Protección de Pagos o Accidentes con subsidio
Asimismo deberá tener en cuenta, que en esta hipoteca se aplicarán comisiones de modificación de condiciones del 1% y también compensación por desistimiento, según el siguiente esquema:
– Por amortización parcial cuando la suma de las amortizaciones no excedan en el año natural del 25% del capital vivo del préstamo al inicio del año natural:
Dentro de los 5 primeros años de vida del préstamo: 050% sobre el capital que se amortiza
Pasados los 5 primeros años de vida del préstamo: 0,25% sobre el capital que se amortiza
– Por amortización total o parcial cuando la suma de las amortizaciones excedan en el año natural del 25% del capital vivo del préstamo al inicio del año natural:
Dentro de los 5 primeros años de vida del préstamo: 0,50% sobre el capital que se amortiza
Pasados los 5 primeros años de vida del préstamo: 0,25% sobre el capital que se amortiza
Realmente una propuesta cuyo precio no destaca, y que además requiere la contratación de varios productos.
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