Unicaja es otra de las entidades que comercializa préstamos hipotecarios con la modalidad que premia la vinculación del cliente con la entidad.
La Hipoteca Fidelidad permite reducir el tipo de interés al contratar o mantener algunos de los productos que bonifican. A continuación les ofrecemos las opciones que reducen el diferencial:
- Nómina, o pensión, o ayuda agraria, o Seguros sociales y pagos: 0,15%
- Seguro de amortización y multirriesgo hogar (ambos): 0,15%
- Tarjeta FlexiCompra, o Visa o Univerde, o Unidúo: 0,15%
- Plan de Pensiones / PIAs: 0,15%
- Préstamos Personales: 0,15%
- Depósitos, IPF o Fondos: 0,15%
- Seguro de Vida Libre: 0,15%
- Seguro de Salud: 0,15%
- Seguro Auto: -0,15%
- Seguro Incapacidad Temporal (IT) / Desempleo: 0,15%
- Bonificación máxima de 0,60%
Sin embargo, Unicaja no ha informado cual es el diferencial desde donde parte la reducción.
El tipo de interés inicial será fijo para el primer semestre, y para el resto, Euribor más un diferencia, que dependerá de los productos que tenga contratados, con revisiones anuales. También es evidente que aplica una bonificación de hasta un máximo de 4 productos.
La Hipoteca Fidelidad financia hasta el 80% del valor de tasación, para la adquisición de su vivienda habitual, con un plazo máximo 35 años.
Según hemos visto en el tablón de anuncios, las comisiones son las sigueintes:
- COMISIÓN DE APERTURA: 3,50 % con un mínimo de 600,00 euros
- COMISIÓN POR AMORTIZACIÓN ANTICIPADA (TOTAL O PARCIAL): 1,00% máximo
- GASTOS DE ESTUDIO: 0%
- COMISIÓN POR SUBROGACIÓN: 1,00%
Convocamos una vez más a nuestros fieles lectores para que nos ayuden a complementar esta información.
Unicaja, emplea en sus hipotecas las denominadas cláusulas abusivas
UNICAJA esta aprovechando esta crisis para hacer su agosto, aplicando las denominadas “cláusulas abusivas”
En el ámbito las hipotecas sobre la vivienda, este tipo de cláusulas pueden generar un sobre coste que en los casos más graves alcanzan los 6.000 euros anuales, aunque de media oscilan entre los 1.200 y los 2.300 euros anuales.
Este tipo de cláusulas incumplen la ley 26/1984, de Defensa de los Consumidores y Usuarios, aunque la sanción continúa por los tribunales a las cláusulas y condiciones abusivas no disuade a la entidad de continuar aplicando este tipo de cláusulas con ilegalidades manifiestas, que incluso fueron denunciadas por el Senado y por unanimidad.
Además es importante revisar todas aquellas comisiones que nos están cobrando, ya que en algunos casos estas sobrepasan los máximos autorizados por el Banco de España.
Si por vía verbal no se soluciona nuestra queja, debemos presentar obligatoriamente reclamación por escrito ante los servicios de Antención al Cliente de UNICAJA. Este paso es obligatorio para reclamar ante instancias superiores si la respuesta que obtenemos por parte de la entidad financiera no es satisfactoria.
Como digo, si después de dos meses, que es el plazo máximo que tiene la entidad financiera para contestar a nuestra reclamación por escrito, la respuesta no es satisfactoria, podremos continuar con nuestra reclamación ante los organismos reguladores de cada área.
Me he quedado pasmada con el post a este anuncio sobre hipotecas de Unicaja, es tan cierto y real como la vida misma. Doy fe de ello.
Actualmente me voy inmersa en un reclamacion a una de las oficinas de esta entidad y me negué completamente a realizar ninguna reclamacion por el servicio de atencion al cliente ya que creo que el medio mas efectivo era la hoja de reclamaciones directamente y que la Junta de Andalucia (en mi caso) diera paso al arbitraje.
Con todo ello he intentado solucionarlo personalmente y de modo verbal pero en vista de que despues de 4 meses no dan solucion, me vi obligada a llevar esto al extremo.
¿es necesario como se dice en este post realizar reclamacion previa por atencion al cliente?