País Vasco está listo para aplicar un nuevo modelo en la vivienda y el elegido es el modelo escandinavo de vivienda que gira entre el alquiler y la propiedad, con ello el Gobierno vasco opta por incluir en el anteproyecto de ley de vivienda una figura de las cooperativas de régimen de cesión de uso, que posibilita impulsar el modelo escandinavo de alquiler. El sistema, se conoce como andel que equilibra la propiedad y el alquiler.
Este modelo conjuga la propiedad y el arrendamiento de la vivienda, dicha iniciativa formará parte de la nueva ley que aprobará el Ejecutivo está entre las propuestas aportaciones presentadas por el Consejo Económico y Social (CES) junto a las cooperativas del sector. Este anteproyecto de ley ha entrado en su última fase de tramitación interna antes de ser aprobado por el Consejo de Gobierno y de ser enviado al Parlamento vasco para su aprobación definitiva como Ley de Vivienda.
Entre las aportaciones que el Gobierno Vasco aplicará en el texto que falta aprobar está la figura de cooperativas de régimen de cesión de uso que sirven para impulsar el alquiler al estilo del modelo escandinavo que se desea implementar.
Este sistema es muy usado desde hace algunos años por: Dinamarca, Noruega y Suecia, y se basa en lo que se entiende por un modelo cooperativo en el que la propiedad de las viviendas está en poder de una cooperativa y le permite a los socios cuentan con un derecho de uso indefinido teniendo un alquiler que conlleva un precio asequible.
Además de ese programa existen otra serie de propuestas del CES y de parte de que tratan sobre la tarea social de las cooperativas de vivienda. Anteriormente el Anteproyecto de ley obtuvo un total de 165 alegaciones de 24 agentes económicos y sociales, para que pudieran ser parte del texto final. De 188 propuestas de mejora, 70 fueron recibidas gracias a la participación ciudadana del programa «Contigo hacemos vivienda» y de dichas propuestas, unas 18 se incluyeron en el texto.
El Precio de Mercado quedó bien definido como concepto para las situaciones en los que la vivienda podrá mantenerse en oferta de venta o alquiler y no será tomada como una vivienda vacía.
Una de las modificaciones se trata de la tipificación de ciertas de infracciones así como el importe de las sanciones, también una modificación en la regulación precisa de la intermediación sobre la prestación de los servicios inmobiliarios.
Una de las novedades es se trata de una serie de referencias a la situación patrimonial cuando se da alguna causa de interés social que llegara a legitimar de forma forzosa la expropiación de viviendas de protección pública. Además de producirse una mejora en la redacción respecto a los artículos sobre el Fondo de Garantía y Compensación, acompañado de la expropiación forzosa y la rehabilitación de viviendas y locales.
También se tendrá la posibilidad de ampliar los pisos utilizando lo que se llama unión de viviendas que permita ajustarlas a las familias numerosas y la situación por la que pasen estas. Así como las previsiones referidas a los que pasen por diferentes necesidades ofreciéndoles apoyo.