Muchas veces escuchamos este término, sin embargo, a la hora de definirlo tenemos que hacer honor a la verdad: el término “hipoteca puente” en realidad es incorrecto, ya que se trata de la designación popular que se ha dado a los denominados créditos puente.
Un crédito puente es un producto financiero que utilizan aquellas personas que necesitan adquirir un nuevo inmueble y no cuentan con el tiempo necesario para esperar a concretar la venta de su actual vivienda en condiciones óptimas o bien cuando se opta por realizar una compra sobre plano, es decir antes de que la construcción se encuentre finalizada.
Es por ello, que la entidad puede otorgar este crédito como financiación temporal y con la garantía de un ingreso futuro del prestatario o deudor que le permitirá cancelar la deuda contraída.
Es un medio para evitar un préstamo personal, donde la entidad se compromete a esperar un tiempo determinado para que el cliente venda su casa, reestructure su situación económica y concluya con la firma de una hipoteca tradicional que cancelará el crédito puente.
En definitiva, este crédito se cancelará tras la obtención de la hipoteca definitiva, ya que al recibir la vivienda nueva el cliente suscribirá una hipoteca tradicional, normalmente por un monto superior al del crédito puente y con un tipo de interés más bajo.
Es común que este tipo de créditos se utilice no sólo cuando se ha puesto en venta la propiedad actual, sino cuando el comprador está por recibir una herencia o algún otro tipo de indemnización o cobranza.
La ventaja de este préstamo es que nos permitirá cerrar el precio de adquisición de la propiedad que nos interesa, brindándonos el tiempo necesario para obtener un mejor precio por nuestra actual propiedad al vender sin prisas o bien, para recibir esos euritos que tanto estábamos esperando.
Sin embargo, no todo son ventajas… también hay riesgos.