Sanciones a dueños de casas vacías. ¿Me puede afectar a mí?

hipotecaComo ya adelantamos hace dos días, la Junta de Andalucía ha decidido sancionar a dueños de casas vacías. Los afectados serán las personas jurídicas, bancos, inmobiliarias o entidades de gestión patrimonial que no pongan en alquiler sus viviendas a precios asequibles. La medida se toma debido al alto número de personas y familias que están siendo desahuciados y también por el alto número de viviendas vacías.

Se estima que existen unas 700.000 viviendas desocupadas, de las cuales entre 350.000 y 500.000 pertenecen a personas jurídicas

¿Qué incluye el nuevo sistema?

Se trata de un sistema de sanciones leves, graves y muy graves, llegando la sanción más alta hasta los 9.000 euros en casos en los que no se de uso de habitación a un inmueble o alquilar, transmitir o ceder su uso con destino a vivienda incumpliendo las condiciones de seguridad establecidas por ley.

El sistema se concibe como un «plan de choque para frenar la sangría social» de los desahucios. Se tomarán medidas como la expropiación temporal por un plazo de tres años del uso de las viviendas «en inminencia de desahucio en caso de riesgo de exclusión social o amenaza para la salud física o psíquica de las personas»

En teoría, se trata de un sistema aplicado como medida excepcional.  ¿En qué casos se aplica esta medida excepcional?

  • El afectado por el posible desahucio ha de tener su residencia habitual y permanente en la vivienda hipotecada
  • La finalidad del préstamo ha de ser siempre el pago de la vivienda
  • El desalojo puede generar exclusión social
  • Las condiciones económicas de la familia deben estar en deterioro, el esfuerzo para pagar la hipoteca deberá haberse multiplicado por 1,5 o más y ha de suponer más de un tercio de los ingresos familiares. Los beneficiarios de esta iniciativa no podrán superar tres veces el Iprem (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiple)

También se reforzarán las ayudas al alquiler, aunque las subvenciones aún no están detalladas.  Además, la administración planea intervenir para favorecer el alquiler de las viviendas deshabitadas

¿Puede afectar este sistema a los propietarios particulares?

La medida fue respaldada principalmente por la coalición que forma en el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la coalición PSOE-IU.  La Consejería de Fomento y Vivienda, que dirige Elena Cortés (IU), sancionará solamente a las entidades financieras e inmobiliarias con stock de viviendas, el grupo IU estaba más interesado en sancionar también a los particulares, pero el PSOE estipuló en 5 el número de viviendas que un particular debía poseer para poder ser sancionado. Finalmente, IU ha cedido y no se gravará a los particulares, aunque sí se les facilitarán incentivos para fomentar el alquiler de estas viviendas.

Por tanto, queda claro que el actual sistema excluye a los propietarios particulares.

¿Qué se considera una vivienda vacía?

 Todas aquellas viviendas que durante un período mínimo de seis meses no hayan estado habitadas. Estas, serán incorporadas a un Registro de Viviendas Deshabitadas que se empleará como instrumento de control.

¿Puede la medida extenderse a otra comunidades?

La Junta de Andalucía no es la única que ha tomado medidas respecto a las viviendas desocupadas, el Ayuntamiento de Vitoria por ejemplo, aplica una tasa de basuras a viviendas vacías que asciende a 260 euros anuales.

Por supuesto, no hay razón para afirmar que la medida no podría extenderse a otras comunidades si la medida tiene éxito.

 

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