El crédito para vivienda o créditos Hipotecarios son los que ofrece la banca para poder comprar una vivienda, además de un terreno, una construcción de la misma o hasta realizar ampliación de la propiedad siempre de por medio existe una hipoteca que regirá sobre el inmueble.
Existe la posibilidad de interponer otra propiedad en forma de garantía en caso que la cuantía que es solicitada llegara a superar la posibilidad de pagar al solicitar el crédito para vivienda.
Si bien puede conllevar largos plazos. Estos créditos son dirigidos a la compra de una vivienda única o para la primera vivienda, no todas las entidades pero algunas otorgan en algunos el 100 % del valor de la propiedad, y no suele pasar en todos los bancos otros lo hacen hasta un 70% a 80 %.
Un ejemplo casi único son las Ayudas para adquisición de vivienda, se trata de la cobertura por MUFACE de un porcentaje del tipo de interés de los préstamos hipotecarios que se les otorga a los mutualistas por parte de las entidades de crédito para adquisición de la primera vivienda para vivienda habitual, para la compraventa o para la construcción o hasta la subrogación del crédito hipotecario por compra de vivienda.
Estos son aprobados a partir de una convocatoria anual con la desventaja de no ser compatibles con otra ayuda de protección social de los Planes de Acción Social de las Administraciones. Uno de los pasos es el de presentar una certificación o en todo caso un documento administrativo en el que figure la no existencia, que el mutualista solicitó y no le fuera otorgada dicha ayuda.
A la hora del pago se lo debe hacer vía directa por MUFACE, y se debe calcular según el tipo de interés, junto al del importe del préstamo hipotecario y el plazo de amortización.
Los Beneficiario, son aquellos mutualistas en alta o situación similar al alta. Tienen como plazo para realizar la presentación de la solicitud hasta el 31 de Enero de 2012, inclusive.
Para dicha presentación, deben dirigirse a los Servicios Provinciales u Oficinas Delegadas de MUFACE o a los registros que figuren en el artículo 38 de la Ley 30/1992. En cuanto a la Documentación sera: Modelo de solicitud / Certificado de concesión de crédito ( de obligatoria presentación ) / Modelo 145 – Comunicación de datos al pagador ( de obligatoria presentación ).
Además queda establecido en cuanto al préstamo hipotecario para poder comprar una vivienda la participación de BBVA, los servicios bancarios para concesión de préstamos hipotecarios bajo las condiciones especiales para titulares del colectivo MUFACE, para adquisición, construcción de vivienda o subrogación de otras Entidades Financieras para vivienda corren por cuenta de BBVA).
Al Momento de Decidir Solicitar un Crédito Deben Tener en Cuenta:
Estudiar las ofertas de las diferentes entidades financieras, cuanto es el costo por comisión y por otorgarles el crédito. Mucho de los bancos en cuanto a la comisión puede ser fija, mientras que en algunos es variable asociada a la solicitud.
Otro aspecto a estudiar es el costo de cancelación anticipada.
Verificar la letra chica del documento y que figuren todo lo hablado pero por escrito y lógicamente no olvidar una copia.
También pueden tener en cuenta nuestra guia de hipotecas si están considerando solicitar una o ya posean alguna:
–Cuando conviene subrogar la hipoteca
–Cuánto cuesta alargar la hipoteca
–Elegir la hipoteca ideal ¿es posible?
Imagen: cootradecun