Comenzamos el año 2010, y se presentan varias modificaciones en conjunto con la Ley de Presupuestos Generales. Una de las variaciones para el año que corre es el tipo de retención que se practica en los alquileres.
Para aquellas empresas que posean facturas de alquiler que se devenguen a partir del 1 de enero, tendrán una retención del 19%. Es lógico que, el obligado a retener es el inquilino y asimismo, deberá ingresar el dinero a las arcas públicas.
Se debe tener mucho cuidado a la hora de recibir las facturas de alquiler. Éstas deben estar correctamente realizadas ya que al momento de la declaración informativa, Hacienda podrá detectar los sesgos entre la base y la cantidad retenida. Y, como siempre, el requerimiento se tasa en el 1% de diferencia.
La diferencia estará a cuenta del inquilino, y deberá ingresarla al fisco. Por otra parte, no olvidemos que además de las retenciones, hay ciertos porcentajes que pueden deducirse de las declaraciones de ganancias por alquiler o arrendamiento.