Firmar una hipoteca es el paso económico más importante que una persona llevará a cabo en su vida. No hay ninguna inversión que financieramente tenga el impacto que un préstamo hipotecario en nuestras cuentas. Desde aquí os ofrecemos la posibilidad de recibir asesoría en hipotecas de forma gratuita.
Trataremos de responder a vuestras dudas de la forma más clara y concisa posible. Para dejarnos vuestras preguntas tan sólo tenéis que escribir un comentario exponiendo la duda en cuestión y os responderemos en este mismo hilo e incluso a través de un artículo concreto para tratar vuestro tema o de forma persona en vuestro email.
Pero dado que muchas de las dudas se repiten de forma más o menos sistemática, desde aquí vamos a tratar de resolverlas con un desarrollo tipo «pregunta-respuesta»:
¿Estoy obligado a contratar un seguro de vida con la hipoteca?
En principio y desde un punto de vista estrictamente legal el único seguro aparejado a la vivienda es el seguro del hogar con cobertura contra incendios que, de hecho, ni siquiera hay por qué contratarlo con el banco con el que se firma la hipoteca.
El resto de productos vinculados no son obligatorios pero la entidad financiera está en su derecho a no concedernos el préstamo hipotecario en caso de no contratarlos. Eso si, en caso de que no aparezcan en la escritura del préstamo podremos cancelarlos después sin ningún tipo de penalización.
¿Qué impuestos hay que pagar por la firma de la hipoteca?
Los impuestos de la hipoteca se limitan al Impuesto de sobre Actos Jurídicos Documentados o AJD que se paga sobre el valor total del préstamo e incluye el principal, los intereses y los gastos. El porcentaje a pagar varía entre el 0,1% y el 1% y se trata de un impuesto cedido a las comunidades autónomas. En el caso de transmisiones de segunda vivienda está exento al abonarse en su lugar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
¿Qué sistema de amortización elijo?
El sistema de amortización de la hipoteca determina la forma en la que se devolverá el dinero. Los más comunes son el sistema francés o de cuotas constantes y el sistema alemán o de cuotas decrecientes. El primero ofrece cuotas más estables, mientras que en el segundo las primeras cuotas son mucho más altas al juntar capital e intereses. Conforme se va amortizando capital las cuotas van menguando. Los siguientes gráficos ilustran a la perfección el funcionamiento de ambos.
¿Qué periodo de revisión de la hipoteca me conviene?
La revisión de la hipoteca puede hacerse de forma semestral o anual. Cada periodo de revisión tiene sus ventajas e inconvenientes. Una revisión cada seis meses es más propensa a registrar variaciones en el tipo de interés al no necesitar que transcurra todo un año para modificar la cuota. En un mercado a un año, estaremos pagando una hipoteca que se acomoda más a la realidad económica y permite una mejor planificación financiera a medio plazo. Al final, las caídas y subidas son más suaves en una revisión a seis meses y más abruptas en las actualizaciones anuales.